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El proceso del envío

 

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Cualquier persona puede hacer un envío para la evaluación, incluyendo a usted u otra persona que participe en la educación de su hijo o su cuidado.  Sin embargo, se requiere el consentimiento del padre o del tutor para hacer la evaluación.  La mejor práctica es hacer el envío por escrito y entregarlo al contacto de educación especial o al director de la escuela de su hijo.  Si no sabe quién es esa persona, pregúnteselo al maestro de su hijo.  Si su hijo aún no asiste la escuela, comuníquese con el distrito escolar o al centro local de servicios de educación para saber cuál es la escuela que le corresponda.  Entonces llame a la escuela para obtener el nombre del contacto de educación especial o del director y manda el envío por escrito a esa persona.  Usted debe recibir una respuesta por escrito de la escuela.

¿Qué sucede cuando la escuela reciba el envío?

Prueba de detección/Evaluación inicial, individualizada y completa  

Una vez que se haya recibido el envío y la administración de la escuela lo haya revisado, lo van a rehusar, recomendarán una prueba de detección o formularán un plan para una evaluación inicial, individualizada y completa o (FIE) para el niño.  Debe esperar que su decisión le llegue por escrito.  

Una prueba de detección en una valoración breve del desarrollo de su hijo.  Los procedimientos para la prueba son diferentes a los de la FIE.  A menudo la prueba de detección forma parte del proceso inicial de evaluación de la escuela.  La escuela llevará a cabo una prueba de detección cuando necesite más información para respaldar el alegato de que un niño posiblemente tenga alguna discapacidad y requiera servicios de educación especial.  También se utiliza frecuentemente para determinar si realmente hace falta la FIE.

Tenga en cuenta que la prueba de detección no puede determinar la elegibilidad continua para la educación especial o los servicios necesarios relacionados.  Sólo una evaluación puede decidir si un niño tiene alguna discapacidad o que es elegible para la educación especial o servicios relacionados.  Si usted ha solicitado por escrito una evaluación para su hijo, y la escuela propone proporcionarle instrucción más intensiva antes de que realicen la evaluación, la escuela debe proporcionarle el aviso por escrito y con antelación con respecto a su decisión (vea las salvaguardas procesales (Aviso Sobre Procedimientos de Protección).

Repaso de los datos actuales de las evaluaciones (REED)

Los datos REED ayudan a la escuela a decidir si la información actual en el historial educacional del niño se puede usar para determinar la elegibilidad del niño para la educación especial.  El proceso REED no tiene que suceder durante una reunión.  Sin embargo, debe contar con la participación de un comité ARD (entre los integrantes del comité están usted, un representante del distrito y otros profesionales que reúnen los requisitos).  A continuación se mencionan los documentos que se toman en cuenta durante el repaso de los datos actuales de las evaluaciones o REED en el caso de un niño:

  • Las evaluaciones y la información proporcionadas por el padre y los otros programas (por ejemplo, los programas de la primera infancia);
  • Las observaciones de los maestros y los especialistas (por ejemplo, los terapeutas físicas y del habla);
  • Las valoraciones estatales, locales o del salón de clase y las observaciones que se hayan hecho en el salón de clase;  
  • La respuesta a las intervenciones y servicios de apoyo, como por ejemplo, los servicios de instrucción individual, de recuperación o compensatoria u otros servicios.

Basándose en ese repaso de información, y los datos que proporcionan los padres del niño, el comité debe identificar los datos adicionales, si es que hay, que sean necesarios para poder determinar:

  • Si el niño tiene alguna discapacidad y cuáles son las necesidades educacionales del niño o;
  • Si el niño necesita educación especial y los servicios relacionados.

Aviso por escrito con antelación

Una vez que la escuela haya decidido qué acción tomar, se debe informar a los padres por escrito (en el idioma nativo de los padres) de tal acción que se piensa tomar antes de efectuarla.  Por ejemplo, la escuela debe enviar a los padres un aviso por escrito de la recomendación de realizar una Evaluación inicial, individualizada y completa antes de que se lleve a cabo la evaluación.  En el aviso también se debe enviar un formulario pidiendo el consentimiento de los padres para que se realice la evaluación.  Usted debe firmar el consentimiento solamente si desea que su hijo se evalúe en todas las áreas en las que puede padecer de alguna discapacidad.  Entre estas áreas están: la salud, la vista, el oído, el área socio emocional, la inteligencia global, el desempeño académico, la comunicación y las habilidades físicas.

Si usted decide no mandar evaluar a su hijo, el distrito escolar puede estar en desacuerdo con su decisión.  El distrito escolar también tiene derechos de debido proceso.  La escuela puede recurrir a su derecho para obtener permiso para la evaluación de Texas Education Agency.

Además la escuela debe informar al padre por escrito si la escuela rehúsa tomar alguna acción que el padre haya solicitado.  Por ejemplo, hay que darle aviso por escrito y con antelación al padre si la escuela decide que no hace falta una evaluación, como haya pedido el padre.  También se debe informar a los padres por escrito si la escuela decide hacer una prueba de detección en vez de una evaluación.  Los padres que no están de acuerdo con cualquier decisión que haga la escuela tienen derechos de debido proceso, y pueden ejercerlos en cualquier momento.  Para mayor información acerca del debido proceso, pulse en “Resolución de desacuerdos”.

El consentimiento de los padres

Los padres deben firmar el formulario de consentimiento únicamente cuando están de acuerdo con la recomendación de la escuela.  Una vez que la escuela haya recibido el formulario de consentimiento firmado por los padres, se debe llevar a cabo la evaluación inicial, individualizada y completa (FIE) dentro de los 60 días de recibir el formulario de consentimiento.  Tenga presente que si no concede su consentimiento por escrito para la evaluación, el plazo de 60 días posiblemente no comience.  Si da su consentimiento para la evaluación, procure entregar el formulario de consentimiento sin demora.   

Este es un buen momento para compartir información acerca de las fortalezas, los desafíos y los intereses de su hijo.  Posiblemente quiera anotar esta información y adjuntarla al formulario de consentimiento.  Compartir esta información con los que administran la evaluación de antemano les ayuda para decidir cuál examen usar, cuáles preguntas hacer, cuáles acomodaciones deben ofrecer y cuáles cambios deben hacer durante la evaluación.  Como resultado, los administradores del examen estarán mejor preparados y pueden ofrecerle un cuadro clínico más completo de su hijo.

También debe tener en cuenta que usted tiene el derecho de pedir que el distrito le proporcione el nombre de cada examen que se vaya a administrar.  Al saber esta información, los padres pueden asegurarse de que los administradores del examen utilicen valoraciones válidas y confiables.  A la petición del padre, y antes de que el padre dé su permiso para realizar alguna evaluación o test psicológico, el distrito escolar debe proporcionarle al padre del niño:

  • el nombre y el tipo de examen o test; y
  • una explicación de cómo el examen o test se utilizará para formular un programa individualizada de educación o IEP para el niño.

Después de que los padres den el consentimiento inicial, si hacen falta evaluaciones adicionales con la finalidad de determinar si el niño requiere la educación especial, el distrito debe buscar otro consentimiento de los padres.  El distrito debe informarles a los padres de la razón por la cual se necesitan evaluaciones adicionales.  

Lo que los padres deben recordar

  • Siempre guarden copias de TODOS los documentos por escrito para sus archivos.   
  • Cualquier persona puede hacer el envío para la evaluación.
  • Usted debe participar en el Repaso de los datos actuales de evaluación o REED, si es que se realiza este proceso, como parte de la evaluación inicial.
  • Usted tiene el derecho de preguntar cuáles exámenes o tests se utilizarán y cómo se utilizarán para formular el programa individualizado de educación o IEP.
  • La escuela debe enviarle a usted un aviso por escrito cuando recomiendan y rehúsan una Evaluación inicial, individualizada y completa o sugieren una prueba de detección en vez de una FIE.
  • La escuela debe tener el consentimiento de usted por escrito antes de que completen cualquier evaluación.
  • Usted tiene derechos de debido proceso a cada paso del proceso de educación especial.

Para aprender más, pulse en el próximo paso del proceso de evaluación:

O regrese a:

Recursos adicionales:

TEA Guía para el Proceso de ARD, Manual para los padres

TEA  La Estructura Legal del Proceso Centrado-Niño  (Esquema legal para le proceso de la educación especial que se concentra en el niño)

TEA Guidance Related to Evaluations: Review of Existing Evaluation Data (REED)  (Repaso de los datos actuales de las evaluaciones)

TEA Response to Intervention (Respuesta a la intervención, información de orientación)

TEA/University of Texas, Respuesta a la intervención (RTI) Información sin tapujos para los padres

2012 IDEA Manual, manual para los padres por The Arc of Texas y Disabilty Rights Texas

Publicación de NICHCY: Building the Legacy: A Training Curriculum on IDEA 2004 - Initial Evaluation and Reevaluation (Dejemos el legado: Un currículum de capacitación acerca de la ley IDEA 2004 –Evaluación inicial y reevaluación)(Módulo 6)

Publicación de NICHCY: Evaluación de su niño para determinar la discapacidad

Entendiendo las leyes y los derechos en la educación especial por GreatSchools.net http://www.greatschools.net/LD/identifying/special-education-evaluation-an-overview.gs?content=666  

The National Center for Learning Disabilities – (Guía para los padres sobre la ley IDEA)

Centro Nacional para las Discapacidades del Aprendizaje – A Parents Guide to Response-to-Intervention (Guía para los padres sobre la respuesta a la intervención)(pdf)

Revolutionary Common Sense article used with permission from K. Snow, Disability is NaturalLife Beyond the Label (pdf) (El sentido común revolucionario, Artículo usado con el permiso de K. Snow, La discapacidad es natural: La vida más allá de las etiquetas)

 

 


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