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Tutela

 

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Cuando estudiantes progresan a la escuela secundaria, uno de los temas que se  discutirá con padres es tutela.  Esta discusión típicamente tiene lugar en las juntas del ARD y ocurre durante el plan que se hace acerca la transición.  Un distrito escolar debe avisar a los padres y al estudiante del “transferencia de derechos de padres” acerca del proceso ARD.  Este aviso debería ocurrir dos veces:

  • Al menos un año antes que el estudiante alcance 18, el IEP del estudiante debe incluir una declaración que los derechos conceden a un padre, aparte de la derecha para recibir aviso requerido bajo IDEA, debe trasladarse para el estudiante al alcanzar edad 18 a menos que alguien se haya sido concedida tutela del estudiante (TAC 89.1049 (uno)), y
  • Al tiempo que el estudiante alcance edad 18, el distrito de la escuela debe notificar, por escrito, al padre y al estudiante adulto del la transferencia de derechos del estudiante (TAC 89.1049 (c)).  Este aviso es separado y bien definido de la declaración IEP notado anteriormente.

Lo que esto quiere decir es que en la edad 18, un estudiante es considerado un adulto y todos derechos son transferidos a ese estudiante.  Cuando un estudiante alcanza  edad 18, son considerados que pueden hacer sus propias elecciones.   Esto incluiría hacer elecciones acerca de su educación.  Desde que un IEP es como un contrato, puede ser implementado en un tribunal.  Por consiguiente, un estudiante de 18 años de edad sería responsable de firmar y estar de acuerdo del IEP.  Padres y estudiantes con discapacidades deben considerar todas las opciones antes de decidir si el estudiante puede ser responsable para este trabajo.  

¡Nota!  Transferencia de derechos ocurre a pesar de la calificación de discapacidad de su niño y / o el nivel de necesidad, a menos que usted haya hecho otros acomodamientos legales. 

Antes de tomar una decisión, familias deben discutir cuales soportes el estudiante necesitará ahora, y en el futuro.  Una buena manera a comenzar con esto puede ser dentro el proceso de planificación de la persona.  Es importante que las familias completen este proceso ANTES del año mayor de un estudiante. 

La tutela es un proceso legal diseñado para proteger a las personas en riesgo de abuso, negligencia, y explotación.  Remueve derechos y privilegios de una persona que fue determinara de ser “discapacitada” bajo la ley del Estado.  El proceso implica al sistema tribunal y un abogado.  La tutela puede ser completa (por medio de todos derechos y todos privilegios se quitan) o puede ser parcial (donde algunos derechos son asignados a la persona con una discapacidad – como el derecho para votar, casamiento, o escoger donde quieren vivir). 

 

Alternativas para Tutela
Para algunos estudiantes con discapacidades, tutela puede ser la única opción.  Aún, es importante que padres sepan que la tutela no es la ÚNICA opción que los dejará activamente participar en el proceso ARD después de que su niño cumple18 anos.   Además a tutela, hay las siguientes opciones:

Es importante de notar que si una alternativa se escoge, el estudiante debería tener comprensión de lo que la alternativa le da a entender; y los padres necesitan entender que si el estudiante adulto indica que “no quiero que estés aquí” en algún punto, esto puede significar revocación del "Poder de Abogado".

Padres deben consultar un abogado antes de decidirse cualquier opción.  Cada familia (incluyendo el estudiante) necesitará decidir lo mejor para su niño. 

 

Avisos bajo Acto de Educación para Individuos con Discapacidades, Parte B

Un distrito escolar le proveerá cualquier aviso requerido bajo IDEA a AMBOS al estudiante adulto y el padre.  Este aviso no le da al padre el derecho de que este de acuerdo o participar en la propuesta o denegación para cual el aviso es relativo.

Por ejemplo – Un aviso de un ARD será enviado a ambos el estudiante y al padre.    Esto no constituye invitación, o cree un derecho para el padre de asistir en la reunión.   Es importante de recordar que los miembros del equipo IEP pueden incluir a “otros individuos que tienen conocimiento o experticia específica con respeto al niño”.  Esto quiere decir que su niño adulto puede invitarlo a participar a la reunión sin tener tutela.    Mientras los padres pueden asistir, los estudiantes son los únicos con el poder de hacer decisiones y serán responsables de firmar el acuerdo con el IEP, no el padre.    

Para estudiantes cuyas discapacidades los hacen inadecuados para tomar estos tipos de decisiones educativas, padres deben considerar tutela y otras opciones disponibles para ellos, para continuar hacer decisiones legales  para sus niños. 

Si tutela u otras opciones son necesarias, es imperativo que los padres y los estudiantes hagan estas decisiones y empiecen cualquier proceso antes de que su niño cumpla 18.  El proceso de tutela toma mucho tiempo y requiere el uso de un abogado.    

Para más información en Tutela y opciones:

Asociación de Tutela en Tejas

Advocacy Inc. Folleto – Tutela para Tejanos con Discapacidades

Arc of Texas – Aquí puede obtener información en Tutela

The Arc of Houston, Información en Tutela
www.thearcofgreaterhouston.com/pdf/Guardianship%20final.doc

Empresa Imagine -  Proyecto de Auto-determinación –Piensa bien Tutela

Estructura Legal para el proceso del nino centrado

Departamento de edad y servicios de discapacidades de Tejas (DADS) – Texas Aging Well

Su agencia local del su área (AAA) puede asistir con preguntas de tutela Busque su propia ubicación AAA aquí:  http://www.dads.state.tx.us/contact/combined.cfm

Consentimiento para Autorizar Apoyo – Una forma de muestra para utilizar para que padres tengan la autorización de asegurar  participación en reuniones de ARD;  Univ. de Montana  Instituto.

Otros artículos para leer

Eliminando la imponencia de la tutela  
http://www.self-determination.com/articles/EliminatingThePervasivenessofGuadrianshipHoyle.pdf
       Don Hoyle, TASH Coneciónes Septiembre-Octubre, 2005

Movimiento de Tutela y Derechos de Discapacidad
http://www.self-determination.com/articles/GuardianshipDisabilityRightsColemanNerney.pdf
       Diane Coleman y Tom Nerney, TASH Coneciónes Septiembre-Octubre, 2005

Tutuela no es autodeterminación
http://e-epg.info/newsroom/files/not_selfdetermination.pdf
        Kathy Harris, TASH Coneciónes Septiembre-Octubre, 2005

Confianza del alternativo a Tutela
http://www.self-determination.com/articles/TrustasAlternatoGuardWelber.pdf
        Joel S. Welber, TASH Coneciónes Septiembre-Octubre, 2005

Reformar Tutela
       Kathleen Harris, 2001

Reconsiderando la tutela
       Don Hoyle and Kathleen Harris, 2001

Autodeterminación, Autonomia y Alternativos para Tutela
http://www.self-determination.com/articles/herrPrint.pdf
       Stanley S. Herr, Professor of Law, 2001

Reto de Incompentencia
       Thomas Nerney, 2000

 

 


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