Proceso Debido

Cuando Todo lo Demás Fracasa…Audiencias de Proceso Debido

Proceso Debido (sustantivo): El derecho del ciudadano a la justicia; el derecho de un ciudadano a procesos legales propios y justicia natural. (Diccionario Encarta) 

Algunas veces los padres y las escuelas disienten en relación a la forma de responder mejor a las necesidades de un estudiante que recibe servicios de educación especial, y aún los mejores intentos de resolución a nivel local o de medición simplemente no funcionan.  Una Audiencia de Proceso Debido es otra vía disponible para que padres y escuelas puedan resolver un problema.  Es una manera más formal de atender el asunto.  Un oficial de Audiencia escucha el caso de ambos lados y actúa como juez y jurado.

¿Qué Necesito Saber Acerca de las Audiencias de Proceso Debido?

  • Una solicitud de Proceso Debido debe ocurrir dentro del año siguiente a la fecha que usted supo o debió saber acerca del problema por el cual usted solicita la audiencia.   Este plazo no aplica si usted no remitió su solicitud debido a que la escuela afirmó haber resuelto el problema, o si la escuela retuvo información que requería proveerle a usted. 
  • Para su solicitud se requiere Información específica, incluyendo lo que usted cree que resolverá el problema.    
  • Las Audiencias de Proceso Debido son independientes de la Agencia de Educación de Texas. TEA no puede influenciar la decisión del oficial de ninguna forma. 
  • La decisión del Oficial de Audiencia es legal y sólo puede ser discutida a través de una apelación al tribunal de distrito estatal o federal.   
  • Usted no está obligado a contratar un abogado para una audiencia de proceso debido, pero si no lo hace, se esperará que se represente usted mismo.  Necesitará estar muy familiarizado con las leyes y reglas que se aplican a su caso.   
  • Usted debe saber que el distrito escolar sí será representado por un abogado.   
  • Si el oficial de audiencia decide a favor de usted es posible un reembolso de los honorarios de su abogado.   
  • Hay plazos claros para que la Audiencia de Proceso Debido resuelva el conflicto incluyendo un período de resolución de 30 días antes de un plazo de 45 días para emitir una Decisión Final.  El Proceso Debido no es necesariamente una resolución rápida para su conflicto.   
  • Las Audiencias de Proceso Debido son confidenciales.  Están abiertas sólo a personas que están directamente involucradas en el caso, o por invitación de los padres.   
  • La parte que solicita una Audiencia de Proceso Debido será responsable de la “Carga Probatoria“.  En otras palabras, si usted (el padre) solicita una Audiencia de Proceso Debido, usted tendrá que presentar evidencia de la mayor probabilidad de que usted está en lo correcto y que por lo tanto debe obtener la solución que está pidiendo. Cuando el distrito escolar solicita una audiencia de proceso debido, ellos son responsables de presentar pruebas.
  • El personal legal de TEA no puede ofrecer consejo legal en el asunto que atañe al Proceso Debido. Pueden solo proporcionar información general acerca de las Audiencias de Proceso Debido.
  • El Acuerdo de Conciliación por escrito y con vínculo legal es un requerimiento nuevo de IDEA 2004.  El Acuerdo de Conciliación hace que la decisión de la audiencia del proceso debido se haga cumplir por una corte de justicia federal. Su intención es asegurar que las decisiones hechas en el proceso debido sean honradas y ejecutadas por ambas partes. 

¿Quién es el Oficial de Audiencia de Proceso Debido?

Los Oficiales de Audiencia actúan como el juez y jurado en ellas, todo esto procede como un juicio en la corte.  El oficial no toma partido, y no trabaja para TEA.  Su obligación es dirigir la audiencia, escuchar ambas partes del argumento, revisar las pruebas y redactar una decisión y orden final.  Todos los Oficiales de Audiencia de Proceso Debido de Educación Especial son abogados con licencia del estado de Texas.

¡Pero Espere! ¡Una Última Oportunidad de Resolución!

Un nuevo paso en el proceso de resolución de conflicto se agregó a la Ley de Educación para Individuos con Discapacidades del 2004.  Tan pronto se notifica que una Audiencia de Proceso Debido se ha solicitado a TEA, el distrito escolar tiene 15 días para preparar una junta de resolución con los padres.  La sesión de resolución da a las dos partes una última oportunidad de resolver sus diferencias sin litigación ni los obvios gastos legales implicados.  Información detallada acerca de las sesiones de resolución se puede obtener aquí: http://www.cadreworks.org/

Lo que usted debe saber:

  • Esta sesión debe de incluir a alguien con capacidad de tomar decisiones en el distrito escolar y miembros del equipo ARD/IEP que están informados de los asuntos que atañen en la disputa del proceso debido.
  • El abogado del distrito escolar pudiera no estar presente a menos que el padre traiga un abogado.
  • El propósito de la reunión es discutir las razones por las que los padres requirieron el Proceso Debido y tratar de resolver el asunto fuera de una audiencia.  Si el asunto no se resuelve dentro de 30 días siguientes al aviso de petición de audiencia, el caso pasará en efecto a una audiencia de proceso debido.
  • Los padres y el distrito escolar pueden elegir omitir la sesión de resolución, pero deben hacerlo por escrito. También pueden elegir tener una mediación en lugar de una sesión de resolución.   
  • La no asistencia o la negación de asistir a la sesión de resolución puede resultar en la desestimación de su caso.  
  • Si el conflicto se resuelve en la sesión de resolución, se redacta un Acuerdo de Conciliación y es enviado al Oficial de Audiencia, quien en consecuencia despide el caso.   
  • El Acuerdo de Conciliación es un documento legalmente obligatorio.

¿Voy en Camino al Proceso Debido – Qué Debo Saber?

La Audiencia de Proceso Debido funciona como una corte de justicia. Típicamente incluirá una declaración de apertura por cada parte, presentación de evidencia por ambas partes, testimonio de testigos, pruebas (documentación que soporta la discusión), objeciones, y una declaración final.  La audiencia será grabada por un reportero del tribunal.

Tal como en un juicio de tribunal, las evidencias y testigos deben ser revelados por ambas partes previo a la audiencia.  La asistencia y participación de usted en la audiencia son cruciales; sin ello, es probable que el Oficial de Proceso Debido falle en su contra y puede así perder su caso.

Una audiencia de proceso debido puede durar desde solo varios minutos hasta varios días.  Normalmente se realiza en el distrito escolar a menos que usted solicite que sea en otro lugar. No hay garantía de que su petición será concedida.  Para un proceso debido el código de vestimenta es formal de negocios/empresarial.

El Oficial de Audiencia tomará la decisión final en el caso y notificará a ambas partes.  La decisión se hará dentro del plazo requerido de 45 días para que los casos de proceso debido lleguen a una resolución.  La decisión final es legalmente obligatoria, pero usted tiene el derecho de apelar la decisión a una corte del estado o federal.

Esté quieto

Durante una audiencia de proceso debido y cualquier apelación, su hijo debe quedarse en la colocación educativa actual a menos que usted y la escuela estén de acuerdo en cambiarlo.  Si su hijo es colocado en un ambiente disciplinario, él /ella debe quedarse allí hasta que se alcance una decisión final o hasta que termine el plazo de la medida disciplinaria.

Recursos útiles

Hay muchos recursos útiles de TEA – Audiencia de Proceso Debido (decisiones de la audiencia, oficiales de audiencia, preguntas frecuentes, formato de solicitud, encuesta, etc.)

El Proceso Debido y el Proceso de la Sesión de Resolución son también descritos en el documento de Procedimientos de Protección que los padres reciben en las juntas ARD.

Puede llamar al Centro de Información de Educación Especial de TEA sin costo al 1-855-SPEDTEX (1-855-773-3839) para respuestas a preguntas relacionadas a los derechos de los padres (procedimientos de protección) así como reglas y regulaciones de la educación especial.

TEA ofrece una lista muy útil de preguntas frecuentes (FAQs) acerca de las Audiencias de Proceso Debido y detalles específicos que necesita saber: Manual de Resolución de Disputas en la Educación Especial (pdf).

Audiencias de Proceso DebidoAudiencias de Proceso Debido en Detalle así como Regulaciones de IDEA sobre Querellas de Proceso Debido (Recursos Legado de NICHCY) puede encontrarlo todo en: Centro de Información y Recursos para Padres.

Las preguntas y dudas acerca de los oficiales de audiencia de educación especial y las decisiones de audiencia se deben dirigir a la Oficina de Servicios Legales de TEA al 512-463-9720. Otras formas útiles de información se encuentran en línea en Oficina de Servicios Legales de TEA:

  • Decisiones de Audiencia, enero 2004 al presente
  • Lista de Oficiales de Audiencia, Calificaciones y Requerimientos para el cargo.
  • Forma de solicitud
  • para Audiencia de Proceso Debido.

Información sobre Quejas y Mediación también disponible en el sitio web de Texas Project First.

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