Se ha llegado al momento de la decisión final del Comité ARD: la Colocación.
En el caso de muchas familias, este concepto es difícil de entender. La colocación se refiere a toda la secuencia de lugares donde su hijo puede estudiar (la integración al salón regular, el salón de recursos, el salón independiente, confinarse a su domicilio, etc.)
En otras palabras, la colocación se refiere al porcentaje del día escolar que su hijo pasa fuera de la educación regular. Posiblemente esté en el salón de clase tradicional, en un salón de recursos o tal vez en algún ambiente independiente. Se toman las decisiones de la colocación basándose en la metas del IEP, pensando en el lugar más propicio para alcanzarlas, siempre teniendo como prioridad el Ambiente Menos Restrictivo .
Lo que NO es la Colocación:
- La decisión de la colocación NO se basa en las etiquetas de la discapacidad (“Tenemos un programa maravilloso para los niños con autismo en el campus del noreste”).
- La decisión de la colocación NO se basa en los tipos de apoyo que se requieran (“Trabajamos con todos los niños no verbales en el salón de pre-kinder” o “El salón de habilidades para la vida diaria es el mejor lugar para los niños que tienen este tipo de necesidades” o “A los niños con problemas de conducta los enviamos al salón de la Sra. Smith” o “Si su hijo necesita un asistente, debe estar en el salón de recursos o en la clase de Habilidades para la Vida Diaria”).
- La decisión de la colocación NO se basa en los deseos que tenga el padre o el profesional de la escuela para el niño (“En nuestra escuela sólo hay un salón independiente; no tenemos un salón de recursos” o “Nunca se podría integrar a mi hijo—quiero que esté en un salón de clase especial” o “Su silla de ruedas está demasiada grande para caber en el salón de clase tradicional”).
- La decisión de la colocación NO debe influir en la formulación de las metas y los objetivos del IEP (“Como el niño va a estar en el salón de clase independiente, sólo vamos a formular metas funcionales” o “Ella va a estudiar al campus XYZ, donde solamente enseñan las habilidades de la vida diaria”). Se debe tomar decisiones acerca de la colocación DESPUÉS de formular las metas y los objetivos, de acuerdo con las necesidades del estudiante.
Una vez que el comité ARD haya formulado una lista de metas y objetivos del IEP y haya revisado los apoyos y servicios suplementarios que se proveerán, se servirá de esas mismas metas para tomar decisiones acerca de la colocación. Utilice la Matriz de planeación que se describe aquí para asistirle en la toma de decisiones acerca de metas, servicios a proveer y colocación.
Entonces, ¿Qué es la Colocación?
Entonces, ¿qué quiere decir esto? Si la colocación no se trata de “dónde” el niño va a trabajar para alcanzar sus metas–¿por qué utilizamos la Matriz de Planeación? Cuando finalice la anotación de los datos antes mencionados en la matriz, el comité ARD podrá ver en qué porcentaje del día escolar la instrucción del estudiante sucede afuera del salón de clase tradicional.
Si se proporcionan todos los apoyos y servicios relacionados a la educación especial en el salón de clase tradicional durante todo el día, entonces la colocación o el arreglo para recibir instrucción, sería la integración. Si su hijo recibe apoyos y servicios fuera del ambiente educativo tradicional, el porcentaje del día determinará la “colocación en el ambiente menos restrictivo o LRE”. Vea también Arreglos para la Instrucción.
Proporcionado, Probado y Considerado
Si el comité ARD decide que el estudiante necesita recibir los servicios de educación especial o los servicios relacionados fuera del ambiente educativo tradicional, el comité ARD debe documentar y describir:
- Cualquier intento previo para educar al estudiante en el salón de clase tradicional con apoyos y servicios suplementarios y una explicación de por qué el intento no fue exitoso;
- Cualquier propuesta considerada de educar al estudiante en el salón de clase tradicional y por qué se rechazaron esas opciones;
- El plan para manejar la conducta y por qué no se puede implementarlo en el salón de clase tradicional;
- Los métodos o el currículum que el estudiante necesita y por qué no se puede implementar en el salón de la educación tradicional; y
- Las condiciones de la discapacidad y las necesidades educacionales del estudiante y por qué esas condiciones y necesidades requieren alguna colocación que no sea el salón de clase tradicional.
Cuando el comité ARD considere la colocación, debe pensar en los posibles efectos negativos, así como los posibles efectos positivos que la colocación podría tener en su hijo. Si el comité decide remover al niño del salón de clase tradicional, debe procurar que, cuando sea apropiado, el niño pasará tiempo en compañía de los otros niños que asisten las clases tradicionales.
Una última consideración: Su hijo debe educarse en la misma escuela donde asistiría si no tuviera una discapacidad, la que típicamente se llama la “escuela del vecindario”. Si las metas del IEP requieren una colocación diferente, que no sea la escuela del vecindario, el comité ARD debe documentar apoyos y servicios suplementarios específicos que se consideraron o que se probaron para apoyar al estudiante en el campus cerca de su hogar y por qué se rechazaron esos servicios y ayudas.
Cuando usted y el comité ARD estén considerando la colocación, asegúrense de pensar en el futuro. ¿Dónde se imagina que su hijo esté cuando sea adulto? Recuerde que sea cual sea el ambiente que usted crea para su hijo cuando sea joven, tendrá que prepararse para crear el mismo ambiente para él o ella cuando sea adulto.
¡Tenga altas expectativas y coloque a su hijo en los ambientes propicios para animarle a cumplir esas expectativas!
La Red de Progreso del Currículum General (ESC 20) ha creado un documento de Preguntas Frecuentes acerca del Ambiente Menos Restrictivo que puede serle de utilidad para entender mejor la colocación.